Autor: Rómulo Betancourt
Título: El problema de los pisatarios
Fecha de publicación: 12-02-1938
Publicación: Diario Ahora


En el Nº 20 de El Agricultor Venezolano, órgano del despacho de Agricultura, nos encontramos un artículo titulado: "Los pisatarios y el respeto a la propiedad".
Leímos ese artículo, creyendo encontrar en él soluciones ofrecidas a los problemas de ese vasto sector de campesinos nuestros, cultivadores de la tierra ajena, que se conoce entre nosotros con el nombre genérico de pisatarios.
Y nada de eso aporta el artículo en cuestión. Se contrae a reclamar a los arrendatarios de tierra ajena el más riguroso respeto a los derechos del terrateniente que le arrendó una parcela. Pero nada dice con respecto a las condiciones, realmente trágicas, bajo las cuales viven y trabajan millares de pisatarios venezolanos.
Por lo contrario, la revista en cuestión nos presenta pintada con los más bellos colores la situación de los arrendatarios de tierras. Aludiendo a la manera como arriba el campesino a la condición de pisatarios, dice El Agricultor Venezolano: "Y sin vacilar se constituyó en pisatario, no sin meditar antes las prerrogativas que le brindaba ese sistema, que practicado con cordura e inteligencia, podría ser el punto de partida para su futura liberación económica, cuando, en condiciones de intentarlo, se resolviera a adquirir por propia cuenta, una área de tierra donde establecer sus plantaciones definitivas".
Como se ve por este párrafo, el perfil presentado por la revista del Ministerio de Agricultura del pisatario nuestro es poco menos que idílico. Situación plena de "prerrogativas" es la suya. Enfocada la cuestión tan superficial y erróneamente, no es extraño que la revista en referencia no se explique el descontento de los pisatarios sino como resultado de >.
En realidad, la situación del pisatario venezolano no tiene nada de agradable. Constituye ese sector del campesinado una de las capas sociales de nuestro país más agobiadas por el peso de todas las calamidades. Datos publicados, y los cuales vamos a reproducir, demuestran cómo la situación del pisatario nacional reclama con urgencia un reajuste. En otras palabras, que no bastarán las prédicas, verbales o escritas, para apaciguar el descontento de los arrendatarios de tierra. Será necesario, si realmente se desea aplacar ese descontento, la regulación legislativa y consciente de sus relaciones con los dueños de las grandes haciendas.
Y ello, porque la renta pagada actualmente por la mayoría de los pisatarios es absurdamente crecida, y le deja muy poco margen de utilidades sobres sus cosechas a quienes trabajan en terrenos alquilados. Demos algunos ejemplos:
Los medianeros en las haciendas de caña reciben generalmente el terreno y la semilla del dueño de la hacienda, y en su trapiche muelen la cosecha; pero tienen que compartir, en proporción del 50%, el papelón y el aguardiente producido, con el dueño de la tierra y del ingenio. En varias regiones de Lara, en los cultivos de maíz, café y otros tiene que entregar el arrendatario el tercio de la cosecha al dueño de la tierra. La tierra es entregada otras veces a medio preparar, en cuyo caso la renta sube al 50%. En los Andes (porción triguera del estado Mérida), el propietario da generalmente la semilla y la tierra sin preparar; y la cosecha es repartida en partes iguales entre el agricultor y el propietario.
El primero debe pagar anualmente, como tributo suplementario, la cantidad de 200 kilos de harina (dos cargas), por el empleo de los bueyes. En Carora, del estado Lara, las condiciones bajo las cuales son cedidas las tierras por los grandes propietarios son particularmente duras. Los campesinos reciben la tierra sólo por 2 años, al cabo de los cuales deben reintegrarla a su dueño sembrada de pasto, y después de pagar un canon anual. Los campesinos no pueden tener animales en las parcelas. En Duaca, algunos propietarios han llevado su intransigencia extorsionadora al extremo de cobrar, conforme a rigurosa tarifa, precios especiales a los campesinos a quienes arriendan tierras por cada animal que posean (Bs. 0,50 por cada chivo; Bs. 4 por cada burro, vaca o caballo, etc). Además se le cobra de Bs. 4 a Bs. 6 por el derecho del campesino a construir su rancho.
Es también funesta práctica de algunos dueños de tierra la de no admitir los contratos de arrendamiento a plazo fijo. Y la de no comprometerse a pagar las mejoras que deje el arrendatario, o pisatario, en la hacienda. En esta forma, bien puede el terrateniente obligar al campesino a abandonar la parcela en cualquier momento, y bien puede no reconocerle los trabajos que haya hecho durante su permanencia en la hacienda y que valoricen ésta.
No resulta muy difícil descubrir que estas condiciones bajo las cuales trabajan y viven muchos campesinos del país no deben incitarlo a la quietud conformista, sino al descontento. Y lo que le corresponde al Estado no es hacer de moralista, predicando en el desierto, porque no está en buena disposición para escuchar consejos de cordura quien se siente tratado con injusticia. Lo indicado, lo que revelaría inteligente previsión gubernativa, sería la resolución del problema de los pisatarios, regulando legalmente sus relaciones con los dueños de la tierra. Seguir el ejemplo de Alemania y de otras naciones, que se han enfrentado a ese problema con fórmulas legislativas solucionadoras, y no con discursos de pastor protestante.
En nuestro próximo artículo, señalaremos algunas fáciles soluciones al problema de los pisatarios, que pueden de guiar al legislador.