Autor: Rómulo Betancourt
Título: La Renuencia del Congreso a introducir reformas en el Presupuesto conduce al Ejecutivo "Totalitario"
Fecha de publicación: 25-06-1938
Publicación: Diario Ahora


En sucesivos editoriales, Ahora ha enfocado la cuestión del Presupuesto General de Gastos para el año económico 1938-1939.
En esos editoriales se ha puntualizado la responsabilidad del Congreso con la República, a propósito de la discusión de esa Ley especial. No podrá existir un armónico y renovador ordenamiento de la vida administrativa venezolana mientras los Presupuestos estatales no se distribuyan en forma más ajustada a las necesidades de la Nación.
Ahora escogió uno solo de los capítulos del Presupuesto: el de Relaciones Exteriores. No obstante corresponderle el último tramo en la escala de distribución del Presupuesto, con apenas 6 millones de bolívares, pudo señalar este periódico una mayoría de partidas absurdas. Resulta que los simples secretarios de embajada que se gasta Venezuela -tal el caso de Chile- ganan más que los Presidentes de la República de los países en donde están acreditados nuestros flamantes diplomáticos.
En el Presupuesto de Educación Nacional, un simple vistazo sobre las partidas ha permitido descubrir que, de un aumento de 4 millones realizado en ese departamento, apenas se ha destinado para educación primaria Bs. 60.000.
Ha observado con justeza nuestro diario, en su sección editorial, que si estas fallas de tanta monta se aprecian en los presupuestos correspondientes a despachos ejecutivos dotados con cautela, tienen que ser necesariamente mayores y más ruinosas para la República, las de los Ministerios dotados con largueza, el MOP absorberá él solo 87 millones, contando los 27 millones de gastos extraordinarios para obras previstas en el primer año del Plan Trienal; Relaciones Interiores absorberá 126 millones de bolívares, o sea 68 millones atribuidos a él específicamente y 58 millones correspondientes a los situados constitucionales; y Guerra, 40 millones.
De acuerdo con nuestra tradición institucional, que la índole misma del régimen republicano de Gobierno y con el texto claro de la Carta Política vigente, le corresponde al Congreso la atribución de revisar, modificar, alterar, los proyectos presupuestarios que redacta el Poder Ejecutivo.
Pero contra toda consecuencia a lo estatuido por la: Constitución, y validado por una práctica republicana iniciada por la Convención francesa, se ha sostenido en las. Cámaras la tesis antiliberal y de nítidos contornos fascistas de que el Congreso carece de facultad para introducir reformas en el texto de los Presupuestos. Esta tesis, condensada moción por el Senador Parra Pérez, echó por tierra, el año pasado, todas las reformas introducidas en el Presupuesto. Y fue aprobado por una mayoría prusiana -conocida ayer y hoy, con el nombre de "el bloque" en los pasillos parlamentarios- el Presupuesto 1.937-1938 tal y como lo indujo Hacienda.
El tema está otra vez de actualidad. En el Senado -con su conocida obcecación de "cancerbero de la Constitución" -lo puso de nuevo a la orden de día el senador Romero Sánchez. Sostuvo hace unos tres días que el Presupuesto es la única Ley especial emanada del Ejecutivo que no estaba sujeta a modificaciones o rechazo por parte del Congreso. Esa Ley la envía el Ejecutivo al Congreso -según el criterio de ese parlamentario- única y exclusivamente para que la apruebe.
De reducirse a tan mediocre campo de acción las atribuciones del Congreso, preferible es que de una vez, acepten, quienes sustentan semejantes tesis, el criterio fascista, totalitario, de gobierno. Este tipo especial de dictadura se caracteriza por su esencia antiliberal y antiparlamentaria. Niega que la soberanía popular -residente en el pueblo- la delega en los parlamentos. Y a éstos asigna un papel de comparsa, elenco que alza el brazo, aprobatoriamente, a los golpes de la batuta del "Jefe". No otra cosa son, en la actualidad el Parlamento italiano o el Reichstag alemán.
Este sistema parlamentario nada tiene que ver con el de esencia y raíz republicanas. Poder moderador, equilibrador, de la función ejecutiva, el Legislativo tiene -dentro del clásico esquema teórico de Montesquieu y dentro de la realidad de pueblos donde la democracia no es un mito- la función primordial de controlar la forma como los administradores de la cosa pública invierten el dinero de la Nación. Pueden los Congresos renunciar a otras prerrogativas. Pero entre las irrenunciables -porque renunciar a ellas es aceptar explícitamente la idea del Ejecutivo >- está ésa de invertir activamente en la forma cómo se distribuyen los Presupuestos anuales de gastos.
Por lo que se ha podido ver en el curso de las discusiones en Diputados sobre Presupuesto, aun los sectores independientes están renunciando a la función crítica frente a esa Ley especial. Alegan que nada harían unos cuantos diputados o senadores con introducir reformas, para que luego un probable candidato a administrador de Aduana, las eche a tierra con una moción, aprobable por "el bloque" con ese unanimismo disciplinado con que coordinan sus movimientos los formados en las escuelas de gimnasia sueca. No encontramos valedera ni justa esa posición. La minoría independiente del Congreso debe alzar, frente al "bloque" y a sus teóricos del totalitarismo, la tesis democrática de que el Congreso si tiene facultad constitucional y derecho ganado por la práctica consuetudinaria a modificar, alterar o rechazar el Presupuesto. Y decir también, sin esguinces evasivos, que quienes le niegan esa facultad al Congreso están creando un clima teórico a las peores formas de Gobierno absolutista: las que tienen sus personificaciones en la Roma fascista y en el Berlín nazi.