Autor: Rómulo Betancourt
Título: Necesidad de una moratoria para loa agricultores arruinados
Fecha de publicación: 05-09-1938
Publicación: Diario Ahora


En El Observador, de Ejido, Mérida -un periódico de provincia, pequeño de formato, modesto en su presentación, de apenas cuatro páginas en octavo, y sin embargo, denso de contenido y de una realista orientación hemos encontrado un interesante artículo. Lo suscribe el señor José Vicente Berti y enfoca la pésima situación económica del agricultor venezolano. Sus datos tienden a poner de relieve cómo es de profunda la crisis agraria nacional.
En su exposición, Berti insurge contra una posición, con justeza calificada de "mecánica", adoptada por los sectores progresistas de Venezuela. Ha consistido en el ataque enfilado resueltamente, sin discriminación alguna, sobre todos los sectores terratenientes del país. En ese ataque -por sincero, no menos erróneo- se ha puesto de lado, se ha evadido, el análisis ahondador de nuestra realidad agraria.
Ese análisis hubiera llevado a la conclusión de que es fuera de las manos de determinados núcleos agrícolas, en donde está la causa determinante del atraso de nuestra técnica productora, el bajo rendimiento de la tierra y la vida infrahumana a que están .sometidos los peones agrícolas. En realidad, un porcentaje crecido de los actuales dueños de tierra son en verdad administradores –o caporales, como asienta Berti- de los Bancos, de las casas de comercio que aplican parte de su capital circulante al suministro de préstamos agrícolas y de usureros que no tienen otra función social distinta de la de prestar dinero a intereses agiotísticos al agricultor empobrecido.
Aceptar esta realidad conduce a la afirmación rotunda, pero certísima, que hace Berti. Es esta: "La gran firma comercial exportadora ocupa el primer eslabón en la cadena de explotación que oprime a diversos sectores que integran la economía agraria venezolana".
Más que el Banco prestamista, al interés del 9%, más que el usurero que incidentalmente coloca su dinero en préstamos agrícolas, es la casa comercial exportadora, la yuguladora por excelencia de la agricultura nacional. Los subsidios de ayer como las primas de exportación de hoy, se quedan en un porcentaje elevado de casos, entre sus manos omnipotentes.
Los datos que podría suministrar una sumaria investigación en el campo venezolano no vendrían sino a confirmar esa dependencia en que está la agricultura del dueño de dinero que vive, parasitariamente, en medios urbanos.
En la Memoria de Agricultura del año 37 está, por ejemplo, el dato obtenido por el ingeniero agrónomo Gelgel Hernández, en su viaje de investigación a través de la zona azucarera del Tuy. Le reveló esa gira que el 80% de las haciendas está hipotecado. Las ejecuciones hipotecarias realizadas por el Banco Agrícola, por otras instituciones de crédito y por prestamistas particulares -especialmente por casa comerciales exportadoras- son frecuentes.
Esta realidad plantea no la rectificación de la exigencia insoslayable de una reforma agraria, que golpee a fondo la estructura antieconómica e injusta del latifundio. Esa rectificación significaría la negación de una idea cuya virtualidad confirma toda la historia humana: la de que no es posible insertar un régimen social moderno sobre una estructura agraria colindante con el feudalismo. Empero, dentro de esta línea teórica general cabe la precisión del hecho de estar supeditada nuestra economía agrícola, casi en absoluto, a sectores urbanos de fuerte capacidad económica, no dedicados al cultivo de la tierra sino al disfrute de ganancias mediante la extorsión de quienes cultivan la tierra.
Y dentro de este orden de ideas, plantéase la necesidad de redimir al hacendado adeudado de sus obligaciones, exigiéndole al mismo tiempo condiciones más liberales en sus contratos con el pisatario y salario más alto para el peón agrícola. La moratoria de las deudas hipotecarias sería un paso decisivo en el sentido que apuntamos.
Esta medida no tendría en absoluto nada de hereje, de heterodoxa, de revolucionaria. A ella han apelado varios países. Recordamos el caso de una de las Repúblicas centroamericanas, que en su Ley de moratoria a las deudas hipotecarias agrícolas, no sólo acordaba exoneración del pago de intereses y amortizaciones a los deudores por determinado tiempo, sino que también fijaba retroactivamente el tipo de interés para los préstamos. Aun en casos de contratos vigentes, el porcentaje de interés a cobrar no podría ser mayor del 1/2% mensual, del 6% anual.
Hemos glosado las ideas del señor Berti por encontrar que en ellas hay un denso contenido de verdad.