Autor: Rómulo Betancourt
Título: Modificaciones en el régimen de Primas de exportación
Fecha de publicación: 14-10-1938
Publicación: Diario Ahora


Por decreto ejecutivo de fecha 10 de octubre ha sido reformado el régimen vigente de primas de exportación.
Desde que fue establecido el sistema de bonificación sobre las exportaciones de productos agropecuarios -al comienzo de la gestión administrativa del Gobierno actual- ha sufrido aquél diversas modificaciones. Los decretos de 3 de febrero de 1937, 26 de abril de 1937 y 25 de junio de 1938 son precedentes en la misma materia que se aborda en este reciente decreto del 10 del mes en curso.
El decreto a que aludimos mantiene la misma prima ya anteriormente establecida para el café y el cacao (Bs. 22 por cada 46 kilogramos netos de café que se exporten y Bs. 15 por cada 50 kilogramos netos de cacao que se exporten). Se destina, además, un bolívar para la Caja Agraria del Cacao y un bolívar para el Instituto Nacional del Café por cada 50 kilogramos de cacao y por cada 46 kilogramos de café exportados y bonificados. Establece en beneficio de los cultivadores de caña una prima de exportación de diez bolívares por cada 100 kilogramos netos de azúcar o de papelón que se exporten, mientras los precios de esos artículos en el país sean inferiores a Bs. 75 por cada 100 kilogramos de azúcar y a Bs. 40 por cada 100 kilogramos de papelón. Mantiene la prima de un 50% ad valorem en beneficio de los productores de semillas oleaginosas y sus derivados: pieles, aletas y carnes de tiburón; tabaco en rama y manufacturado en cualquier forma; bananos, con exclusión de los exportados para las Antillas; productos forestales, con exclusión de la sarrapia, de la madera, del dividive y de la cebadilla (por el decreto del 25 de julio de este año, se había disminuido en un 25% la prima del dividive y se había fijado una prima del 25% ad valorem a la exportación de la cebadilla. Ambas primas han quedado suprimidas por el decreto del 10 de octubre).
Establece también el Decreto objeto de este comentario una prima de Bs. 0,50 por cada piel de cabrío, de lanar y de venado. La prima a la piel de cabrío -importante fuente de riqueza de los estados Lara y Falcón- ha pasado por diversas peripecias. Fue creada por decreto del 26 de abril de 1937 y suprimida el 16 de diciembre del mismo año. Posteriormente, ante el clamor insistente de los criadores falconianos y larenses, fue restablecida esa prima, pero en forma de un 20% ad valorem sobre el precio de venta del artículo. Resultará, indudablemente, más retribuida la prima actual de Bs. 0,50 por piel.
También confirma el decreto del 10 de octubre el sistema de bonificación sobre la harina de trigo nacional -equivalente a Bs. 5 por cada 100 kilogramos de harina o de cualquier otro derivado del trigo, transportado del lugar de producción a Caracas- establecido desde los ya lejanos días en que el malogrado Alberto Adriani desempeñaba la Cartera de Agricultura y Cría.
Como puede deducirse fácilmente de esta glosa, el reciente decreto ejecutivo sobre primas de exportación no introduce modificaciones sustanciales en ellas. Extiende a los productos extraídos de la caña de azúcar los beneficios de ese sistema; y modifica parcialmente el montante de las bonificaciones estipuladas para algunos de los artículos que vende Venezuela en el exterior.
Los aspectos negativos del sistema de primas de exportación quedan en pie. Esas medidas tienden a compensar a los agricultores de una producción muchas veces a pérdida, debido al empirismo y al atraso técnico y a las condiciones económicas precarias con que se trabajan la agricultura y la cría nacionales. Al mismo tiempo, por no estipularse el pago de las primas antes y no después de la cosecha, perpetúa la práctica ya establecida de que no lleguen las primas a manos del verdadero productor. Éste -lo hemos dicho más de una vez- se ve obligado, por la urgencia de dinero para atender a sus cultivos, a endeudarse con el prestamista particular. Y es este prestamista quien, en último término, se beneficia con la bonificación establecida por el Estado para ayudar a la agricultura y a la cría.
Nada nuevo diremos al afirmar que las primas de exportación son paliativos de momento a nuestra permanente y cada vez más aguda crisis de producción. Inyecciones reanimantes a un organismo postrado. Medidas más audaces, capaces de impulsar y transformar la economía natural de Venezuela, son las que se están requiriendo con urgencia. La progresiva disminución de nuestras exportaciones agropecuarias revela bien como el paliativo de las primas resulta insuficiente para hacer salir a la agricultura y a la cría venezolanas del impasse en que están colocadas.